bayfe

 

 

 

 

contacto

 
 
 

DECRETO N°616/05 Y LA RESOLUCIÓN DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN 637/2005


 

RÉGIMEN PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CUOTAPARTES CON FONDOS PROVENIENTES DEL EXTERIOR

Se encuentran vigentes en materia cambiaria y relativo al ingreso y el egreso de capitales a o de la República el Decreto N°616/05 y la Resolución del Ministerio de Economía y Producción 637/2005. Esta normativa establece, entre otras cosas [bajo ciertos requisitos y salvo excepciones contenidas en la normativa], la necesidad de constituir un depósito no remunerado por un plazo de 365 días y por el 30% de los fondos ingresados a la República.

Se recomienda a los interesados la revisión de esta normativa previo a efectuar su inversión.